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Un niño tiene el doble de chances de ser pobre que un adulto
Carmen Ryan
Coordinadora del Área de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
ACIJ - Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia
Editado por Rumbo Sur

Del libro:
PRIMERA INFANCIA
Intervención Social en la Ciudad de Buenos Aires.

Editado por Rumbo Sur

Desde ACIJ y dentro de nuestras tareas en esta temática, integramos una red, una campaña de organización: “Infancia en Deuda” la misma tiene el objetivo de visibilizar las problemáticas de la niñez en las agendas política y pública, señalando algunas deudas de la política y del Estado en relación con la infancia. Lo primero y más fuerte es la campaña para que se designe una autoridad institucional, que es el Defensor de Niños, Niñas y Adolescentes. La segunda actividad fuerte es trabajar sobre visibilizar, como situación general, que hay una situación de infantilización de la pobreza: una buena parte de los niños crece en situación de pobreza y, por ello, es necesario que las políticas públicas que se diseñan para la infancia no solo tengan la perspectiva de los derechos infantiles, sino que además reconozcan esta situación y traten de remediarla o de generar instancias de reparación para que la infancia no lo sufra. La tercera cuestión es de diagnóstico e impulso de las políticas públicas en materia de alimentación. Venimos planteando la necesidad de que se lleve adelante una encuesta a nivel nacional para analizar cuál es la situación en relación con ese diagnóstico a nivel nutricional de la infancia en nuestro país, que es algo que también entendemos que es una deuda del Estado. El trabajo más fuerte es de incidencia en el Congreso, es una de las tareas que más fuertemente llevamos adelante.

El Defensor es una figura que está creada por la Ley de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes. Esta ley es la 26.061, sancionada desde 2005, y tiene una estructura bastante amplia. Primero reconoce derechos y, luego, establece lo que se puede llamar el “sistema de protección de derechos a nivel federal”. Este sistema incluye un número de instituciones a nivel federal y también a nivel provincial y municipal; es decir, establece distintas instituciones. Establece que el órgano de creación de políticas públicas va a ser la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF). La ley dice que más allá de que ese órgano sea el que crea las políticas públicas, va a tener que haber otro órgano que sea independiente —que no esté asignado por la autoridad del ejecutivo de turno— de control que evalúe cómo la SENAF y los distintos órganos que tienen relación con la infancia en este proceso de asegurar derechos llevan adelante sus tareas.

Desde 2005 hasta acá pasaron 11 años, y no hay nada que se le parezca a cumplir las funciones que la ley establece para el Defensor de Niños, Niñas y Adolescentes. La Ciudad tiene su Ley de Protección Integral, pero no tiene designado un Defensor.

Hay secretarías de niñez que diseñan políticas públicas especiales para niños. Y hay también un montón de otros órganos y ministerios que trabajan con la niñez, y que desde su rol cumplen esa función y llevan adelante una protección. No se puede pensar en políticas de niñez y dejar afuera al Ministerio de Educación. Ademas, todos los años se discute el presupuesto y al año siguiente lo que se ejecutó no es lo mismo que lo que estaba planificado. A veces porque lo que se planificó no se llega a ejecutar, a veces porque no hay definición política para hacerlo; hay mil razones.

En ACIJ trabajamos la idea de infancia de modo general, con niños, niñas y adolescentes. Toda persona que tenga hasta 17 años, hasta alcanzar la mayoría de edad. Así lo establece la Convención y entendemos que hay todo un proceso de crecimiento que se está desarrollando y en donde el ejercicio de derechos es fundamental, y el aseguramiento de esos derechos también lo es. Y, además, ese grupo poblacional tiene una situación de especial vulnerabilidad en relación a la pobreza. Un niño o una niña tiene el doble de chances de ser pobre que si es un adulto. En el margen de los adultos la incidencia de la pobreza ronda el 20%, y en el margen de los niños llega casi a un 50%. La incidencia es muchísimo mayor. Y cuanto más niño se es, mayor es todavía la incidencia, lo que dice, además, que las familias con niños tienen mayores dificultades para afrontar sus gastos. Esto habla de la dificultad en el ejercicio de numerosos derechos (a la salud, a la educación, a la alimentación). Hay un montón de barreras estructurales por la situación de pobreza. Además, hay un marco de derechos y una estructura legislativa que dice que el Estado va a asegurar esos derechos, especialmente en la infancia. Por ejemplo, está reconocido que el Estado va a solventar o no va a permitir que haya ningún niño o niña que atraviese dificultades de alimentación y va a establecer políticas públicas en ese sentido. Hoy, lamentablemente, no sabemos cuál es la situación de la alimentación, porque desde 2005 no hay ningún diagnóstico a nivel nacional que establezca cuál es la situación de alimentación. Entonces, no podemos evaluar si las políticas públicas que se llevan adelante son o no efectivas.

La Ley de Protección Integral viene a traer una mirada distinta sobre lo que es la infancia. Esto no significa que no hubiera acciones estatales para la infancia antes de ella, sino que cristaliza un cambio de mirada que muchos actores venían llevando a distintos espacios de lo público sobre cómo tienen que ser las intervenciones del Estado y de los adultos con respecto a la infancia. Una discusión que se llevó adelante es que se venía de una mirada tutelar de la infancia. Se venía de un trabajo en donde se la entendía como un proceso incompleto, o una persona que estaba incompleta, y que entonces había que protegerla especialmente, y que esa protección tenía que ser en el marco de la racionalidad de los adultos, que siempre saben lo que es mejor para estas personas incompletas. Y también desde una lógica en donde el cumplir 18 años parecía ser un paso mágico para convertirse o no en un adulto. Esta noción de protección integral lo que dice es que cada niño o niña es un sujeto de derecho, que tiene la potestad de gozar de sus derechos autónomamente, y que eso implica la posibilidad de hablar y transmitir sus posiciones, siempre de acuerdo con el desarrollo específico y sus momentos e instancias. Creo que, en ese sentido, la ley plantea la necesidad de que las leyes provinciales sean nuevas y conformes al paradigma de la protección integral. Por eso, también, esta mirada del doble eje de órganos que aseguren políticas y cumplimientos de derechos.

La Constitución de la Ciudad reconoce el derecho de los niños a la educación desde los 45 días. Es un marco de reconocimiento más amplio que en muchas provincias de nuestro país, y eso también tiene que ver con un andamiaje de derechos protectorios a nivel nacional. La educación es obligatoria a partir de los cuatro años, y hay una discusión con las autoridades sobre cuándo el estado tiene la obligación de ofrecer ese servicio educativo. ¿Tiene que garantizar una vacante para cada niño? Sí, tiene que garantizarla, porque así lo dice la Constitución. Este andamiaje normativo nos permitió, por ejemplo, ir a la justicia y exigir esto. Llevamos adelante una causa judicial, que tiene seis años, en donde discutimos, cumpliendo un acuerdo que se alcanzó en esta causa, sobre cómo avanza el Gobierno de la Ciudad para asegurar esta educación inicial para niños y niñas desde los 45 días. No desde los cuatro o seis años, desde los 45 días. Esto permite que los padres de esos niños puedan ir a trabajar y generar un ámbito de mejores condiciones económicas para ellos. Toda esa discusión está muy nutrida de la mirada de protección integral y tiene una comprensión más global de los derechos de los niños

ACIJ empezó a trabajar en la temática hace tres años. Lo primero que se hizo cuando se empezó a trabajar la niñez fue hacer un diagnóstico sobre cuál era la situación sobre los derechos económicos, sociales y culturales para la niñez, desde la lectura de la información que había (que era muy poca). El diagnóstico era también la falta de diagnóstico. Podemos observar que hay muchos niños que viven en la pobreza y que todos los índices de pobreza son más duros con respecto a la infancia, podemos observar que el acceso a la salud es más duro, que hay índices que tienen cierta movilidad de mortalidad infantil y que eso preocupa especialmente. Pero falta actualización de esos datos, y faltan datos, por ejemplo, en lo que tiene que ver con nutrición y alimentación. Ni siquiera pudimos empezar a analizar las políticas públicas porque no sabemos si alcanzan o no.

La agenda de la niñez tiene esta problemática. Es una agenda de la que nadie quiere quedarse afuera; todos queremos trabajar por los derechos de la infancia. ¿Quién podría decir que no quiere trabajar por los derechos de la infancia? El problema es que de ahí a ejecutar cosas concretas hay un trecho. Y, a veces, los tiempos de la política en lo que tiene que ver con la infancia son demasiado largos. ¿Cuántos niños dejaron de ser niños sin tener un Defensor en estos 12 años?

El Congreso y la política tienen muchísimas deudas sobre lo social. Si pongo todas las competencias de todos los órganos políticos a contraluz de la situación social, el diagnóstico es siempre de falta, de carencia. Ahora bien, todo lo que sea hacer, desde lo público —del Estado u organizaciones— implica siempre juntar muchas voluntades. En lo discursivo es fácil, pero en el día a día, en la tarea, es como ir subiendo muchas personas al colectivo de “hagamos esto” o “hagamos lo otro”; eso es bastante más complejo.

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